Una vez fallecida una persona, sus herederos deben comenzar los trámites necesarios para formalizar la ACEPTACIÓN DE HERENCIA, adjudicándose los bienes, derechos y obligaciones del fallecido o, si así lo desean, para RENUNCIAR a dicha herencia.
Aunque la aceptación de la herencia podría hacerse en cualquier momento, el Impuesto de Sucesiones debe liquidarse en un plazo de seis meses a contar desde el fallecimiento, por ello es aconsejable que cuanto antes se pongan en contacto con la notaría para preparar la documentación que en cada caso resulte necesaria.
Con que una persona disponga del certificado de defunción del fallecido ya puede acudir a la notaría donde le asesoraremos y le indicaremos los pasos que debe ir dando, alguno de los cuales puede realizarse directamente desde la propia notaría simplificándose así el trabajo a los herederos.
La documentación necesaria será:
Es necesario realizarla cuando el fallecido no hizo testamento y hay que declarar legalmente los herederos ante Notario que sea competente.
Este documento hace que la formalización de la aceptación de herencia se dilate todavía más por lo cual los herederos deben ser especialmente diligentes en el cumplimiento de los plazos si el fallecido no tenía testamento.
Con carácter general, la documentación que habitualmente se utiliza para formalizar una aceptación de herencia es:
El testamento es el documento por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o parte de ellos.
Como especialidad, los navarros pueden otorgar el llamado “testamento de hermandad” que es el formalizado por dos o más personas en un mismo documento. El testamento de hermandad es la fórmula que más habitualmente utilizan los matrimonios y parejas estables en que ambos son navarros para testar.
Para hacer testamento, con carácter general, basta con aportar los datos personales del testador y tener una idea clara sobre el destino que quiere que tengan sus bienes tras su fallecimiento.
Si una persona fallece sin haber otorgado testamento, será necesario formalizar un Acta de Declaración de Herederos, documento que se elabora en la Notaría.
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